Tengo miedo de que sere bloqueade pronto
Si este es el caso, es posible que también esté enfrentando otras formas de acoso, así que investigue qué derechos tiene fuera de la situación de bloqueo.
Su propietaro no lo puede bloquear De hecho, solo un alguacil puede desalojarlo después de un proceso de desalojo legal. Si tiene miedo de un posible bloqueo, intente llevar consigo una combinación de las siguientes cosas:
1. Una copia del alquiler
2. Your identificación y su domicilio actual
3. Una factura o un correo dirigido a su nombre. Esto le permitirá probar que es un inquilino de esa unidad (a veces, todo lo que se necesita es que el propietario sepa que usted conoce sus derechos y que está listo para hacerlos cumplir).
Si no tiene algo escrito a su nombre, entonces no puede escribir una carta a su arrendador. En la carta, debe incluir:
- Los casos en que su arrendador ha amenazado con desalojarle antes y / o ha otras cosas para hacer que sienta que podrían bloquarle. Esta documentación es muy importante. Los mas detalles que agrege, lo mejor.
- Por ejemplo: «a las 12 am, anoche (1/1/20) dijiste que tirarías mis cosas el domingo si no me iba».
- Puede utilizar el Código Civil de California §789.3 (b) (1) que establece que su arrendador no puede impedirle acceder a su unidad.
Si queda bloqueado incluso después de esto, tiene la opción de llamar a la policía y hacer que hagan cumplir su derecho a regresar a la unidad. Este puede ser un paso muy atemorizante y cada departamento de policía maneja estas llamadas de manera diferente, pero una vez que llama a la policía, pueden pasar horas antes de que lleguen a usted. Una vez allí, le pedirán prueba de residencia (documentos mencionados anteriormente) para hacer una reserva civil.
Si continúa recibiendo avisos de desalojo no válidos, como mensajes de texto, amenazas verbales o avisos por escrito no válidos después de haber enviado la carta en la que se citan sus derechos, hable con un abogado o consejero. Esto puede escalar rápidamente a un asunto legal.